


Rechazan planteo de nulidad y confirman validez de investigación por homicidio de Facundo Romero
Policiales y Judiciales25/08/2025


En la jornada de hoy, luego de una audiencia que se extendió por más de dos horas, una jueza de juicio rechazó diversos planteos de nulidad formulado por la Defensa Pública en el marco de una investigación por homicidio agravado, reafirmando la validez de las actuaciones y de la resolución dictada previamente por el juez de garantías.


La instancia comenzó con la argumentación de la Defensa Pública que pidió revisar la decisión del 12 de agosto sobre la nulidad de la declaración del imputado y de los actos procesales posteriores. Alegó que al momento de prestar declaración existían indicios suficientes de que su defendido era sospechoso y no un simple testigo, sin que se le advirtieran debidamente sus derechos. En ese sentido, sostuvo que la Fiscalía “forzó su autoincriminación” y que se vulneraron diversas garantías constitucionales.
El defensor repasó que el 10 de agosto, convocado en el marco de la denuncia por la desaparición de Facundo Romero, el imputado se presentó en la brigada policial, donde se le tomó declaración cuyo inicio no fue grabado. Por esa razón, dijo, no existe ni existirá forma de controlar lo que allí se dijo.
Ese mismo día declararon también la madre y la pareja de Romero. Ambas testigos señalaron que quizás el imputado podría estar implicado en el hecho. Agregó que la policía transmitió esos datos a la Fiscalía, y la madre de la víctima manifestó dudas respecto de la figura del imputado. En ese contexto surgieron además sospechas sobre la razón por la cual la bicicleta de la víctima estaba en la vivienda de quien se encontraba declarando.
A pesar de ello, fue interrogado como testigo. “Varias de las pautas ya lo colocaban en calidad de sospechoso, no de mero testigo. Desde el momento en que reconoció tener la bicicleta, el interrogatorio debió suspenderse”, sostuvo la defensa y agregó que incluso en un momento la propia fiscal le recamó que tenía información que había ocultado.
La defensa destacó que la declaración se extendió más de 40 minutos, en los que se le pidió aportar pruebas y se lo instó a hacerlo. “Se lo obligó a autoincriminarse”, remarcó, y añadió que el imputado fue retenido en sede policial durante casi tres horas sin orden judicial alguna, hasta que se inició el allanamiento.
El defensor cuestionó además la orden de allanamiento dictada ese mismo 10 de agosto. En el escrito ya se mencionaban objetos específicos y la aplicación de luminol para detectar sangre. “Si se buscaba a una persona con vida, ¿por qué se solicitó luminol y el secuestro de prendas con manchas hemáticas?”, planteó la defensa, y señaló que incluso participó el Gabinete de Criminalística.
Agregó que la orden fue dictada diez minutos antes del pedido formal, sin constancias de solicitudes informales que expliquen la discordancia. Sobre esa base planteó lo que denominó una “nulidad autónoma” y pidió que se declare la nulidad de la orden de allanamiento y de todas las actuaciones posteriores. Adelantó que en caso de no prosperar ambos planteos, continuará con el reclamo ante la Corte Suprema de Justicia.
A su turno el Ministerio Público Fiscal solicitó rechazar el pedido de nulidad. Señaló que existían razones suficientes para justificar la diferencia horaria en la orden de allanamiento y que la defensa se limitaba a buscar situaciones insignificantes para invalidar el procedimiento.
Explicó que el 8 de agosto se había iniciado una búsqueda de paradero en el marco de una investigación con indicios preocupantes vinculados a la venta de cocaína, labor a la que se dedicaba la víctima. En esa instancia surgieron diversos sospechosos a partir de distintas hipótesis. A todos se les tomó declaración porque, además, se buscaba a una persona desaparecida, pero con vida. "Todas las entrevistas —incluida la del imputado— se realizaron del mismo modo", enfatizó la Fiscal.
Aseguró en ese sentido que el hombre que luego fue imputado no recibió un trato diferenciado, que su declaración no fue producto de presiones ni de coacción, y que compareció de manera voluntaria. Explicó que llegó hasta el lugar en bicicleta y comenzó a hablar espontáneamente mientras se acomodaban para la entrevista, motivo por el cual no aparece el inicio de la grabación. Aclaró que en ningún momento se autoincriminó.
El allanamiento se dispuso cuando el hombre mencionó que en su vivienda se encontraba la bicicleta de la víctima. Ante la información de que la víctima había estado en el lugar, se amplió el pedido para autorizar la utilización de reactivos de luminol y la intervención de canes en el marco de una búsqueda de persona desaparecida.
La acusación agregó que cuando el hombre expresó la necesidad de hablar con un juez, se convocó de inmediato a un defensor oficial, quien estuvo presente durante el allanamiento. En ese contexto, todos fueorn informados en el momento exacto en que es hallada en el lugar una persona sin vida.
“Fueron numerosas las diligencias y entrevistas realizadas en días y horarios inhábiles”, subrayó la Fiscalía, y mencionó que también otra persona señalada como compradora de cocaína fue entrevistada exhaustivamente.
En cuanto al aspecto jurídico, recordó que la regla en materia procesal es la validez de los actos y que la nulidad procede únicamente cuando existe una situación de indefensión real. Señaló que la lectura de la defensa era sesgada: el imputado no estaba acusado en ese momento, no hubo autoincriminación, declaró sin objeciones y aceptó continuar incluso cuando se lo consultó expresamente. La única información que retaceaba era la vinculada a la compra de estupefacientes.
Por todo ello, solicitó que se rechace el planteo de nulidad y se deje a salvo el proceso.
Al momento de resolver, la jueza de juicio indicó que no podía obviarse el contexto: la actividad que desplegaba la víctima y la forma en que compareció el imputado. Concluyó que la defensa no brindó elementos que permitan concluir que esa comparecencia no fue voluntaria.
Sostuvo que no existió coacción ni traslado forzoso y que la defensa no logró demostrar fallas de fundamentación en la resolución del juez de garantías. Recordó que solo corresponde anular actuaciones cuando el vicio procesal genera una situación de indefensión irreparable, lo que no se configuró en este caso.
De esta manera, resolvió rechazar el planteo de nulidad y reafirmar la validez de lo actuado.














Una Fiscalía que no investiga, sino que defiende al Gobierno












