Condenaron a un contratista por abandonar una obra en una vivienda de Viedma

Policiales y Judiciales26/03/2026
OBRA albañil
OBRA albañil

Una mujer contrató a una persona de confianza para realizar refacciones en una vivienda de Viedma. El acuerdo incluyó múltiples trabajos destinados a mejorar las condiciones del inmueble, con la expectativa de finalizar la obra en un plazo breve. Sin embargo, pese al pago anticipado y a la compra de materiales, la obra quedó inconclusa y motivó una demanda de menor cuantía ante el Juzgado de Paz.

La contratación abarcó tareas como la colocación de pisos, la instalación de servicios, reparaciones estructurales, pintura y mejoras generales. El constructor indicó inicialmente un plazo corto de ejecución, que luego modificó. La mujer abonó por adelantado la mano de obra y afrontó gastos adicionales para adquirir los materiales necesarios.

Con el paso de las semanas, solo se concretó una parte de los trabajos. La obra se interrumpió sin explicación y varias tareas quedaron pendientes. La mujer realizó reclamos reiterados por distintos medios, sin obtener respuestas satisfactorias. También promovió una instancia de mediación, a la cual el proveedor no asistió.

El conflicto llegó al Juzgado de Paz de Viedma, que encuadró la situación como una relación de consumo. El juez señaló que el caso no correspondía a un desacuerdo informal, sino a un vínculo con obligaciones definidas, en el cual una parte prestó un servicio a cambio de una retribución.

Durante el proceso, el magistrado valoró la prueba documental presentada, entre ella, comprobantes de pago, registros de comunicaciones y material fotográfico del estado de la vivienda. También consideró relevante la conducta del demandado, quien no se presentó ni ofreció su versión de los hechos.

La sentencia incorporó, además, una perspectiva de género y atendió la situación de la mujer como consumidora hipervulnerable. Se tomó en cuenta su edad, la relación de confianza previa y el impacto que tuvo la interrupción de la obra en su entorno familiar.

Finalmente, el juez de Paz condenó al constructor a pagar la suma de 1.984.321,40 pesos, integrada por los siguientes montos y conceptos: 1.411.871,60 pesos en concepto de daño patrimonial, con intereses devengados; 322.449,80 pesos en concepto de daño extrapatrimonial, con intereses devengados; y 250.000 pesos en concepto de daño punitivo.

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