Un cliente no le pagó a su abogado y el letrado lo demandó: tendrá que abonar la última cuota

Policiales y Judiciales22/08/2025
ABOGADO

Tras intervenir en una mediación por una división de bienes, un abogado acordó verbalmente con su cliente el pago de sus honorarios en tres cuotas iguales. Las dos primeras se abonaron de inmediato, pero la última quedó impaga. El juzgado de Paz de Cipolletti resolvió que el cliente deberá pagar esa cuota pendiente junto con los intereses correspondientes.

En la sentencia se remarcó que la factura por el saldo no fue observada ni cuestionada por el cliente dentro de los diez días de recibida, lo que, según el artículo 1145 del Código Civil y Comercial de la Nación, implica su aceptación. Este elemento, sumado a que las facturas anteriores se cancelaron al día siguiente de su emisión, fue determinante para la decisión.

Según el expediente, el letrado explicó que el acuerdo fue verbal y estableció el pago de tres cuotas iguales por su intervención extrajudicial en el cumplimiento de una división de bienes. Aportó facturas electrónicas, comprobantes de transferencias, mensajes enviados por correo electrónico y por una aplicación de mensajería.

El cliente negó la existencia del acuerdo verbal, afirmó que ya había cancelado todos los honorarios y desconoció la factura reclamada, así como los mensajes y correos presentados como prueba.

Una pericia informática confirmó que los mensajes y correos electrónicos fueron enviados por el abogado al cliente y que incluían las facturas con el detalle del servicio, el monto de cada cuota y el saldo pendiente. También se verificó que las facturas se encontraban registradas en el sistema oficial de facturación electrónica.

La sentencia ordenó el pago de la última cuota, más los intereses calculados desde la fecha de emisión de la factura, y dispuso que el depósito se realice en el Banco Patagonia de Cipolletti dentro del plazo legal.

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