


La mamá fue cartonera, albañil y cuidadora para que su hija estudie: condenan al padre ausente
Policiales y Judiciales08/08/2025


Una joven de Viedma obtuvo un fallo favorable en un juicio por alimentos iniciado contra su padre. Tiene 20 años, cursa el secundario en horario nocturno, no tiene empleo y depende exclusivamente de su madre para cubrir sus necesidades.


La mamá, según se comprobó en la causa, desempeñó diversos trabajos informales como empleada de limpieza, ayudante de albañil, cuidadora de niños y recolección de cartones y tapitas. Todo ello sin contar con trabajo registrado, obra social ni estabilidad económica. “Es la madre quien brinda a su hija todo lo que está a su alcance, haciendo un gran esfuerzo por obtener ingresos que le permitan tener una calidad de vida lo más adecuada posible para posibilitar que su hija concluya sus estudios secundarios”, sostuvo la jueza.
Como contapartida, dice el fallo, “el progenitor ha tenido un rol completamente ausente en la vida de su hija, habiéndose desentendido de sus obligaciones parentales, realidad que no hace más que obstruir el derecho de la joven a cubrir sus necesidades en esta etapa de su vida, crecer, alimentarse adecuadamente, finalizar sus estudios y continuar con sus proyectos personales”.
La jueza que intervino en el caso ordenó al hombre pagar una cuota mensual de $263 mil pesos, con actualizaciones semestrales del 30%, y asumir el 50% de los gastos extraordinarios. Si consigue empleo formal, el 40 por ciento de los ingresos.
La resolución judicial subrayó que la joven "carece de recursos suficientes que le permitan desenvolverse en su vida diaria", y que la única figura que asumió el acompañamiento afectivo, económico y material fue su madre. Ambas viven en una vivienda estatal sin adjudicación formal, con servicios básicos pero condiciones de habitabilidad precarias. La jueza sostuvo que "han pasado necesidades extremas que las llevaron incluso a valerse de la recolección de cartón para sobrevivir".
Durante el proceso judicial, el demandado no solo alegó estar desempleado y sin ingresos formales, sino que además evitó que se realizara el informe socioambiental en su domicilio al no presentarse a las citas programadas. Esa conducta fue valorada negativamente por el juzgado. “La incomparecencia constituye una clara contradicción al deber de colaboración que tienen las partes para la efectiva y adecuada producción de la prueba”, se señaló.
La resolución se apoyó en los artículos 658, 659 y 662 del Código Civil y Comercial, que establecen la obligación de los progenitores de brindar alimentos a sus hijos hasta los 21 años si estos no pueden mantenerse por sus propios medios. También citó doctrina especializada.
Además, el fallo incorporó perspectiva de género en su análisis. Recordó que el artículo 5 del Código Procesal de Familia impone a los jueces resolver con enfoque de género, lo que implica “detectar durante un procedimiento judicial una situación de desigualdad en razón del género, para corregirla a través de la interpretación y aplicación de la ley”. En esa línea, citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que establece que la aplicación de este enfoque “implica cumplir la obligación constitucional de otorgar tutela judicial efectiva haciendo efectivo el derecho a la igualdad”.
La jueza también señaló que la falta de colaboración económica del padre “configura una forma de violencia económica que no debe ser soslayada” y que la sobrecarga en la madre “resulta a todas luces injusta”, dado que ambos progenitores tienen la obligación de aportar en igual medida, aunque solo uno lo haga efectivamente.
Actualmente, la joven asiste al secundario en horario nocturno y proyecta comenzar una carrera universitaria. Practica vóley, asiste a controles médicos y utiliza anteojos. Todos esos gastos son cubiertos por su madre o con ayuda ocasional de familiares maternos.





















