Lo sancionaron por fumar en el trabajo, pero condenaron a la empleadora por despido irregular

Policiales y Judiciales26/06/2025
Fumar

Una sentencia del fuero laboral de Bariloche acreditó que un trabajador cometió varias faltas de conducta en su puesto laboral, pero fue desvinculado de forma irregular. La compañía le impidió el ingreso a la fábrica y lo desvinculó verbalmente. El tribunal calificó esa conducta como un acto de mala fe por parte de la empleadora y, por eso, hizo lugar parcialmente a la demanda por despido injustificado.

El tribunal acreditó, con respaldo en declaraciones testimoniales y documentación, que el operario incurrió en múltiples infracciones dentro del establecimiento. Entre ellas, fumar en el interior de la fábrica —donde estaba expresamente prohibido— y permanecer con el torso desnudo durante la jornada laboral. También se constató el uso indebido del celular en zonas de riesgo, llegadas tarde, faltas sin aviso y un episodio de desobediencia hacia una superior al momento de comunicarle una sanción.

Sin embargo, la empresa no formalizó el despido por escrito. En su lugar, impidió el ingreso del trabajador al establecimiento y le comunicó de forma verbal, a través de un encargado, que “había sido despedido”. Frente a esa negativa, el trabajador se consideró despedido indirectamente, una figura prevista por la legislación laboral que habilita a dar por terminada la relación cuando el empleador incurre en conductas injuriantes.

Una Cámara del Trabajo de Bariloche consideró que, si bien las sanciones aplicadas eran justificadas por las faltas cometidas, la forma en que la empresa resolvió la desvinculación fue contraria al artículo 63 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece el deber de buena fe en las relaciones laborales. El tribunal también señaló que impedir el ingreso del trabajador, mientras se cursaban comunicaciones formales, implicó una contradicción con sus propios actos.

La sentencia condenó a Aberturas Inteligentes S.A. a pagar indemnizaciones por antigüedad, preaviso, vacaciones proporcionales y salarios adeudados, además de aplicar multas por no haber entregado en tiempo la documentación laboral. También se reconoció el agravamiento indemnizatorio previsto en la normativa de emergencia laboral vigente al momento del despido.

Aunque la demanda no prosperó en todos sus puntos, el eje de la resolución estuvo puesto en la actuación empresaria al finalizar la relación laboral: el tribunal entendió que la forma en que se ejecutó la desvinculación resultó jurídicamente inválida, más allá del comportamiento previo del trabajador. 

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