


Estudia siete horas diarias y le va muy bien: un fallo impidió que su padre dejara de pagar la cuota
Policiales y Judiciales06/06/2025


Un hombre intentó suspender el pago de la cuota alimentaria para su hija cuando ella cumplió 21 años. Argumentó que esa era la edad límite para sostener la obligación. Durante el proceso se probó que la joven, oriunda de El Bolsón y ahora con 22 años, cursa Ingeniería Química en la universidad pública y mantiene un alto rendimiento académico. La jueza que intervino rechazó la demanda y aplicó perspectiva de género para fundamentar su decisión.
La joven ingresó a la carrera en 2020, aprobó 17 materias y estudia más de siete horas por día. Vive sola en otra provincia, alquila un departamento y afronta gastos de transporte, materiales, salud y alimentación.
No trabaja, no por falta de voluntad, sino porque la intensidad de la cursada se lo impide. Su madre sigue siendo quien organiza su vida a la distancia y cubre los gastos no cubiertos por la cuota. El padre, con ingresos cercanos a los dos millones de pesos mensuales, pidió que el dinero se deposite en una cuenta bancaria a nombre de la hija o en una cuenta judicial, pero no en la de la madre, con quien ya no convive.
El juzgado rechazó el planteo. Confirmó que la cuota alimentaria se mantiene hasta los 25 años cuando hay formación profesional sostenida, como prevé la ley. También ratificó que la madre puede seguir cobrándola, aunque no conviva con su hija. El conflicto no se limitaba a un tema económico: se debatía también el reconocimiento de los cuidados asumidos históricamente.
La prueba fue clara. Se acreditó el esfuerzo académico de la joven, su desempeño constante y las condiciones de su vida universitaria. La carga horaria no le permite trabajar. La madre, sin empleo registrado y a cargo de otros hijos, sigue garantizando el proyecto educativo. La jueza valoró ese recorrido y también la capacidad económica del padre, sobre quien pesa una cuota alimentaria retenida directamente de su salario.
La sentencia incluyó un enfoque de género explícito. Advirtió que el intento de excluir a la madre del manejo de la cuota omitía su función como cuidadora principal. Se remarcó que estas maniobras se apoyan en patrones que asignan a las mujeres la responsabilidad del cuidado y luego las excluyen del reconocimiento. Se citaron normas locales e internacionales, como la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el acuerdo del STJ que exige incorporar perspectiva de género en los procesos que lo requieran.
El juzgado multifueros de El Bolsón resolvió mantener la cuota alimentaria hasta los 25 años, de acuerdo con el Código Civil y Comercial, y rechazó la demanda del padre en todos sus términos.



















