Fiscalía impugnó ante una sentencia de Juicio por jurados: absolvieron a un hombre que admitió haber matado a su vecino

Policiales y Judiciales07/05/2025
eduardo morello
Eduardo David Morello

En la jornada de hoy, el Ministerio Público Fiscal requirió la anulación de la sentencia resultante del juicio por jurados que determinó la absolución de Eduardo David Morello, quien admitió haber matado a su vecino Beimar Llanos Condori con un arma de fuego. El hecho se produjo en la zona rural de General Conesa en agosto de 2023.

El acusado había llegado a juicio por los delitos de homicidio agravado por odio a la nacionalidad y amenazas agravadas por el uso de armas, perpetradas contra un padre y su hijo adolescente respectivamente, ambos de nacionalidad boliviana.

El juicio por jurado se produjo entre los días 2 y 5 de diciembre del año pasado. En la madrugada de este último día se resolvió la culpabilidad del hombre por el delito de amenazas agravadas de las que fue victima el hijo del hombre fallecido. No obstante se determinó la absolución por el homicidio agravado.

Hoy, la argumentación del Fiscal Jefe se extendió por una hora y media. “No cuestionamos la soberanía del jurado popular, no estamos pidiendo que se lo reemplace porque acá no hubo una decisión del jurado popular. Hubo una decisión jurisdiccional que interpretó una situación de ese jurado popular”.

Mencionó la Fiscalía la falta de comprensión del jurado ante instrucciones “poco claras e insatisfactorias”. Dijo que de esta forma el Juez técnico que encabezó la audiencia "no logró sacar al jurado de su confusión cada vez que se manifestaban estancados y sin poder avanzar en un veredicto”.

Agregó además, respecto a la falta de información, que “no se les hizo saber las consecuencias de tal estancamiento” y “tampoco cumplió de manera cabal con la norma que prevé una consulta a las partes en una audiencia privada previo a qua se le informara la posibilidad del veredicto con 10 votos”.

En ese sentido, recordó también las "condiciones extenuantes del juicio y las larguísimas jornadas" a las que fueron sometidas a las 12 ciudadanos y ciudadanas que conformaban el jurado.

En cuanto a la arbitrariedad de la sentencia, explicó que “no existe coherencia entre lo pedido por las partes, la prueba producida en el juicio y lo resuelto”. Recordó que el imputado reconoció el hecho y que la Defensa solicitó que se lo condene por exceso de legítima defensa. Enfatizó en que “no hubo prueba desincriminatoria, ni pedido de no culpabilidad por parte del abogado del imputado”.

Si bien aclaró que forma parte de una hipótesis, expresó que no cabía la posibilidad de que para el jurado estancado fuera sinónimo de absolución. Recordó que el jurado había escuchado toda la prueba, los pedidos de las partes, el reconocimiento del propio imputado de que lo había matado, la condena por las amenazas.

Entre la diversa prueba, agregó que el jurado vio la cámara gesell realizada al hijo, testigo presencial de los hechos, que fue subtitulada para permitir una mayor comprensión. De ella se desprende con claridad cómo se produjo el homicidio y ello se condice con la propia declaración del imputado que reconoció ante ellos que lo había “matado en silencio, sin mediar palabra”.

Asismismo el Fiscal remarcó en repetidas opotunidades que incluso la propia defensa pidió que se lo condene, que todos sostuvieron en aquel momento que debía haber una sanción por los hechos.

“Para el Ministerio Público Fiscal, el principal error fue interpretar una situación particular en la deliberación como un jurado estancado, cuando en realidad el jurado no comprendió cabalmente las opciones y sus consecuencias”, finalizó.

A su turno, la querella manifestó que “el Estado se debe ser responsable de esta situación”. Reiteró que el jurado no fue debidamente informado y que el resolutorio del mismo es incongruente con lo sucedido en el debate. Agregó que tal determinación vulnera las garantías constitucionales de la víctima

La defensa, en tanto, recordó que hubo seis audiencias previas a la preparación del juicio en las que se concentraran las instrucciones finales e iniciales. Ejemplificó, con pedidos concretos que realizó el jurado, el entendimiento por parte de este y agrego que las partes estuvieron de acuerdo en que decirle al jurado qué implicaba el estancamiento, era coaccionarlo.

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