Prisión preventiva para los detenidos en la caminera del IDEVI
Dos hombres formaron parte en la mañana de hoy, de una audiencia en la que se les formuló cargos por el delito de portación de armas y se dispuso su prisión preventiva. Ambos fueron encontrados ayer, con un arma de fuego entre sus pertenencias (VER APARTE).
Según la Fiscalía los dos transitaban, en los primeros minutos del día de ayer, en un vehículo que fue detenido en el Cuerpo de Seguridad Vial ubicado en el km. 968 de la Ruta Nacional N° 3. “Al momento de ser identificados llevaban entre las prendas un arma de fuego de uso civil, cargada y en condiciones inmediatas de uso, sin la debida autorización legal para ello”.
El hecho fue calificado legalmente como portación ilegal de arma de fuego de uso civil agravada por registrar, ambos hombres, antecedentes penales. Se los consideró autores del mencionado delito, de conformidad con los Arts. 45 y 189 bis, inc. 2), último párrafo del Código Penal.
Como sustento probatorio la acusación pública mencionó que cuenta con el acta de procedimiento policial de quienes detuvieron el vehículo en el que circulaban los imputados, la planilla del estado del automotor, actas de notificación de aprehensión y reconocimientos médicos practicados a los imputados y planillas de antecedentes provinciales, de la que surgen que ambos los registran.
Sumó a ello el informe preliminar del Gabinete de Criminalística que requisó el vehículo que no poseía documentación y secuestró diversos elementos entre ellos el arma que, de esta forma, queda fuera de circulación. También se secuestrados balas, vainas servidas y más de 200.000 pesos en efectivo.
La defensa pública no se opuso a la formulación de cargos a la que el Juez de Garantías hizo lugar disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria por el término de cuatro meses. Sí controvirtió la defensora la medida de prisión preventiva efectiva requerida por la Fiscalía, pidiendo en cambio la colocación de una tobillera de control satelital. Esta diferencia fue dirimida por el Magistrado quien ante la coincidencia de las partes de que existiría riesgo de fuga, determinó fijar la medida cautelar más gravosa entre otros elementos, ante la convicción de que la pena que les correspondería si llegaran a condenarlo por el delito imputado, sería de prisión efectiva.