Condenados por homicidios y abusos sexuales tendrán menos beneficios carcelarios en Río Negro

Río Negro13/08/2026

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El Gobierno de Río Negro reglamentó la modificación de la Ley Provincial de Ejecución Penal que limita el acceso a salidas transitorias y otros beneficios penitenciarios para personas condenadas por delitos considerados de extrema gravedad.

La normativa alcanza a condenados por homicidio simple y agravado, delitos contra la integridad sexual, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo cuando haya provocado el fallecimiento de la víctima.

La reforma establece un régimen de excepción dentro del denominado período de prueba. De esta manera, quienes hayan cometido esos delitos tendrán restringido el acceso a mecanismos como las salidas transitorias, la prisión discontinua, la semidetención, la libertad asistida y otras modalidades de liberación anticipada.

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La iniciativa había sido impulsada en la Legislatura por Lucas Pica y Facundo López, con el propósito de adaptar la normativa rionegrina a los criterios establecidos por la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Además, la legislación incorpora un régimen especial de preparación para la liberación. Este mecanismo deberá desarrollarse mediante programas individualizados, orientados al tratamiento penitenciario y la posterior reinserción social de las personas condenadas.

Desde el Ejecutivo provincial señalaron que la reglamentación busca otorgar reglas más claras al sistema de ejecución penal y fortalecer la protección de la comunidad frente a delitos de alto impacto.

La reforma había recibido recientemente su aprobación definitiva en la Legislatura provincial y, con la reglamentación dispuesta por el Gobierno, quedó establecido el marco para su implementación en los establecimientos penitenciarios rionegrinos.

Fuente: Gobierno de Río Negro

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