
Se quedó sin acceso a Mercado Pago y Mercado Libre: tuvo que recurrir a una orden judicial
03/04/2025




Durante semanas, un profesional de la salud intentó sin éxito recuperar el acceso a sus cuentas en Mercado Pago y Mercado Libre. Las plataformas, que hasta ese momento le permitían cobrar honorarios, pagar servicios y abastecerse de insumos, dejaron de estar disponibles de un día para el otro. Sin respuestas por parte de la empresa, probó con una mediación y hasta envió una carta documento. Cuando todo eso fracasó, presentó una acción judicial para saber por qué lo habían bloqueado y exigir una solución.


El fuero Civil de Cipolletti declaró procedente una acción de habeas data iniciada por una persona que solicitó información sobre el bloqueo de sus cuentas en Mercado Pago y Mercado Libre. Aunque no avanzó con el pedido de rehabilitación, la jueza consideró que el objeto de la acción quedó cumplido con la respuesta aportada por la empresa durante el proceso.
Según surge del expediente, la persona afectada utilizaba de forma habitual esas plataformas digitales como parte de su actividad profesional como odontólogo. A través de ellas realizaba operaciones de cobro, pago de servicios y compras, siendo además la modalidad preferida por sus pacientes para abonar los tratamientos. El bloqueo de las cuentas impidió continuar con esa dinámica, lo que generó un perjuicio económico y afectó el desarrollo de su labor.
El impedimento comenzó cuando la plataforma bloqueó su cuenta de Mercado Pago e inhabilitó también su cuenta de Mercado Libre. Durante ese tiempo solo accedió a un retiro puntual de dinero y luego volvió a quedar imposibilitado de operar. Ante la falta de respuestas de la empresa, intentó una instancia de mediación que no prosperó y luego remitió una carta documento que tampoco obtuvo respuesta. Finalmente, decidió acudir al Poder Judicial para solicitar formalmente la información negada y pedir la rehabilitación de sus cuentas.
En el marco del proceso judicial, la empresa Mercado Libre remitió un informe en el que vinculó tres cuentas distintas al mismo Documento Nacional de Identidad de la persona. Indicó que una de las cuentas había sido suspendida por no validar los datos personales y que las otras dos fueron bloqueadas en forma permanente por detectar “fondeo fraudulento”. Detalló además que los saldos de esas cuentas eran mínimos o nulos y aportó información técnica sobre los registros asociados.
A partir de esa presentación, el tribunal evaluó que la información requerida fue efectivamente entregada, lo que agotó el objeto de la acción de habeas data. En su análisis, la jueza recordó que este tipo de procesos tiene carácter excepcional y busca únicamente asegurar el acceso, rectificación o supresión de datos personales. Subrayó que no corresponde, en ese marco, ordenar medidas como la rehabilitación de cuentas, ya que requieren un trámite más amplio y con otra clase de prueba.
No obstante, la jueza reconoció que la persona actuante recurrió a la vía judicial solo después de agotar otras instancias para obtener la información solicitada, por lo que consideró adecuada la elección del habeas data como herramienta. Por ese motivo, impuso las costas del proceso a la empresa demandada y reguló los honorarios profesionales del abogado patrocinante conforme al mínimo legal vigente.

















