Gremiales18/08/2026

UPCN exigió a la Función Pública la conformación de la Junta de Reclamos para los estatales rionegrinos

La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), Seccional Río Negro, presentó un pedido formal ante la Secretaria de la Función Pública de la Provincia, Tania Lastra, para solicitar la inmediata conformación y puesta en funcionamiento de la Junta de Reclamos y de los Comités Institucionales de Organización y Recursos Humanos en el ámbito de la Administración Pública Provincial. 

La nota, elevada con la firma del Secretario General del gremio, Juan Carlos Scalesi, remarca la necesidad de garantizar instancias administrativas efectivas y transparentes para la defensa de los derechos de los agentes públicos.

Desde el sindicato fundamentaron la petición en lo establecido por la Ley L N.º 3487 (Estatuto General y Básico para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro), normativa que reconoce el derecho de los trabajadores estatales a formular reclamos fundados y documentados. En particular, mencionaron el artículo 89 de dicha ley, el cual prevé la intervención de la Junta de Reclamos y obliga a la remisión de antecedentes, legajos y sumarios, fijando plazos concretos para su resolución.

Asimismo, la presentación sindical enfatiza la importancia de reactivar los Comités Institucionales de Organización y Recursos Humanos, espacios destinados a abordar temáticas clave como la carrera administrativa, la organización de los recursos humanos y la evaluación del desempeño de los estatales, ámbito que —según señalaron— no ha sido aplicado de manera efectiva.

Entre las exigencias puntuales formuladas en el documento, UPCN requirió la designación y actualización de los integrantes de ambos organismos, la convocatoria formal para su puesta en marcha y el establecimiento de mecanismos claros, participativos y ágiles para el tratamiento de expedientes y la notificación de las resoluciones. Según remarcaron desde la entidad gremial, resulta indispensable que la existencia formal de estas herramientas contempladas en el estatuto se traduzca en un funcionamiento real que evite que los reclamos de los trabajadores queden sin tratamiento o deban ser derivados directamente a la vía judicial.