Legislativas17/11/2025

Buscan prohibir el uso de cigarrillos electrónicos en espacios públicos de Río Negro

La Comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura de Río Negro respaldó por mayoría este lunes una actualización de la Ley N° 4714 para combatir la expansión del vapeo, especialmente entre adolescentes y jóvenes, e impone campañas de concientización obligatorias.

El objetivo principal de la iniciativa de Javier Acevedo (ARI) es modificar e incorporar artículos para incluir de manera expresa la prohibición del uso de cigarrillos electrónicos, vapeadores o dispositivos electrónicos de administración de nicotina (DEAN) en los espacios cerrados de acceso público regulados por dicha norma.

Justificación ante la expansión juvenil

Los fundamentos del proyecto indican que la Ley N° 4714, que adhiere a la Norma Nacional N° 26.687, fue sancionada en un contexto donde los dispositivos electrónicos que simulan el acto de fumar no tenían la penetración actual en el mercado, especialmente en el segmento juvenil.

“Actualmente, el uso de estos productos ha crecido de forma exponencial en todo el país”, sostuvo Avecedo” y añadió que este crecimiento es “muchas veces impulsado por estrategias de marketing engañosas que minimizan o disimulan sus efectos perjudiciales para la salud”.

Riesgos y marco normativo nacional

El proyecto se sustenta en advertencias de numerosos estudios científicos y organismos nacionales e internacionales, incluyendo la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Ministerio de Salud de la Nación. Estos organismos han señalado que el aerosol emitido por estos dispositivos contiene sustancias tóxicas, metales pesados y nicotina, resultando perjudicial no solo para el usuario sino también para quienes lo inhalan pasivamente.

A nivel nacional, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió mediante la Disposición 3226/2011 la venta, promoción e importación de estos dispositivos, ya que no se ha demostrado ni su inocuidad ni su eficacia como herramienta terapéutica. Pese a esta prohibición, la comercialización y el consumo se han mantenido y expandido, principalmente a través de redes sociales, canales informales y en entornos frecuentados por adolescentes.

Además de la prohibición de uso en espacios cerrados de acceso público, el proyecto suma una obligación expresa del Estado provincial de realizar campañas de prevención, información y educación.

Si bien no objetó la propuesta, el legislador Juan Murillo Ongaro (PRO – Unión Republicana) preguntó si se habían realizado las consultas pertinentes a las áreas provinciales vinculadas con esta temática: “Con esos datos podremos analizarlo y brindar nuestro punto de vista”.

“No tenemos una respuesta del ministerio (de Salud), pero nos amparamos en los fundamentos, que no son inventados, sino que se trata de estudios científicos avalados por organismos nacionales e internacionales”, cerró Acevedo.