Reclamó alimentos, pero no vive con su hijo: la cuota alimentaria será administrada por la abuela materna
Una mamá trabajaba todo el día para mantener a un niño. La actitud de un progenitor abandónico derivó en un complejo caso jurídico donde la abuela materna y los abuelos paternos terminaron siendo protagonistas para mejorar la situación.
La madre del chico intentó arribar a un acuerdo definitivo con el progenitor, pero no fue posible. La falta de compromiso y el incumplimiento la llevaron a iniciar el reclamo de alimentos contra los abuelos paternos.
La mujer, oriunda de Chichinales, realiza trabajos informales en chacras de la zona. Además, cumple tareas domésticas en diferentes casas. Las jornadas laborales son intensas y no logra cubrir las necesidades básicas de su familia.
Para que el niño no esté solo tanto tiempo, decidió que su hijo viva con su abuela. El niño asiste a la escuela y concurre a fútbol por la tarde.
Un fallo del Juzgado de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda de alimentos contra los abuelos paternos. En la misma resolución designó como administradora de la cuota alimentaria a la abuela materna.
Los abuelos paternos reconocieron no tener una participación activa en la vida del nieto. Argumentaron que esto se debe a la conflictividad surgida tras la separación de los padres del niño.
En la contestación de la demanda indicaron que están dispuestos a colaborar con el bienestar del niño, pero pusieron reparos en la administración de la cuota alimentaria.
La profesional interviniente en la pericia social sugirió que, en caso de disponerse una cuota alimentaria, así como la Asignación Universal por Hijo (AUH), deberán ser administradas por quien detenta el cuidado del niño, en este caso, la abuela materna.
Por último, destacó la figura ausente del progenitor en la vida del niño, señalando un trato abandónico hacia su hijo y una desvinculación total de sus responsabilidades, sobrecargando los cuidados en la familia materna.
La jueza remarcó que, cuando se acredite que el progenitor cumpla con las obligaciones alimentarias asumidas e incumplidas, se suspenderá el pago de la cuota por parte de los abuelos paternos.