Ya no tendrá que pagar la cuota a su exesposa: se separó hace más de 20 años

Pasó en Viedma

cuota alimentaria

Una pareja de Viedma contrajo matrimonio hace 64 años y se divorció hace 17, luego de varios años de separación de hecho. Antes del divorcio, pero ya estando separados, la mujer enfermó. En ese contexto, se fijó judicialmente una cuota alimentaria equivalente al 15% de los ingresos del hombre, quien es jubilado de las Fuerzas Armadas.

La razón de la cuota era la imposibilidad de la mujer de contar con un sustento económico propio. Sin embargo, a casi 20 años de la fijación de esa obligación, el hombre explicó que las circunstancias habían cambiado. Su exesposa había logrado recuperarse favorablemente de la enfermedad que padeció y actualmente se encontraba en buen estado de salud.

Agregó que la mujer percibe una jubilación, cuenta con obra social y seguro médico. También señaló que, desde la separación, ella reside en un inmueble de su propiedad, que incluye dos departamentos que le generan ingresos por alquileres.

Por su parte, el hombre indicó que su situación se había deteriorado. Debe afrontar importantes gastos en medicamentos, consultas y estudios médicos, además de los gastos en alquiler, a pesar de poseer una vivienda propia.

En su fallo, la jueza de familia sostuvo: “la cuestión debe ser analizada conforme al artículo 434 del Código Civil y Comercial, que regula la obligación alimentaria posterior al divorcio. Este prevé que dicha obligación puede establecerse a favor del ex cónyuge que padezca una enfermedad grave preexistente al divorcio y que le impida autosustentarse, o si no posee recursos propios suficientes ni una posibilidad razonable de procurárselos”.

La magistrada concluyó que, al haber desaparecido las circunstancias de vulnerabilidad que motivaron la fijación de la cuota alimentaria, corresponde hacer lugar a la demanda y disponer el cese de la cuota alimentaria a favor de la exesposa.