Pidieron seis años de prisión para Inés Padilla: la sentencia se conocerá la semana próxima
En la mañana de hoy se desarrolló en Viedma el juicio de cesura en el que se requirió la pena de prisión pretendida para una Inés Padilla, declarada responsable del siniestro vial en el que perdieron la vida dos hermanos y la abuela de ambos. El bloque acusatorio, compuesto por Fiscalía y querella, solicitó la pena máxima prevista en el Código Penal para el hecho juzgado.
El delito por el que la mujer había sido declarada responsable penal el 18 de diciembre pasado era el de “homicidio culposo de tres víctimas y lesiones leves culposas de una víctima, agravados por haber sido producto de la conducción antirregulamentaria, por haberse dado a la fuga, por no respetar las señales de tránsito, por el número de víctimas fatales y por encontrarse con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre y por culpa temeraria”.
La audiencia comenzó con la declaración de testigos, entre ellos las madres de los dos varones que perdieron la vida y la hermana de éstos y nieta de la mujer fallecida. Además, desde Francia y por Zoom, se escuchó a la esposa del mayor de los hermanos. Todas las mujeres relataron la manera en que vivieron no sólo el momento en que se anoticiaron del hecho, sino a partir de ese día.
La defensa en tanto llevó como testigos a dos personas allegadas a la imputada y a una perito de parte. Luego de ello la mujer hizo uso de la palabra.
En cuanto a los alegatos, fue la Fiscalía la primera de las partes en hacer uso de la palabra y requerir la pena máxima prevista para el tipo de delito: 6 años de prisión y la inhabilitación para conducir por una década. A tal solicitud adhirió la querella en representación de la familia de las personas fallecidas.
Dijo la Fiscal interviniente: “Mensuramos la pena desde el punto medio exacto entre el mínimo y el máximo, 3 y 6 años respectivamente y, a partir de ahí, evaluamos las múltiples circunstancias agravantes que confluyen en este hecho, cinco en total”.
Como atenuante “sólo encontramos la ausencia de antecedentes penales. Todo lo demás (la falta de escolaridad, que la mujer trabaje desde pequeña y el arrepentimiento) sólo se desprende de los dichos de la imputada” sin obtenerse a lo largo del debate ninguna otra prueba que los sustente.
En cambio, puntualizó como agravantes que la mujer “condujo ebria más de 40 km, en horario nocturno y utilizando su teléfono celular. Además se fugó y no socorrió a las victimas. Tal conducta fue evaluada por los peritos como voluntaria y conforme a sus propios intereses”.
Enfatizó la acusación pública en la “falta de empatia, de compasión, la falta de repercusión afectiva, en el desinterés (de la conductora) para con las victimas: hizo al menos 79 llamadas después del choque, ninguna a personal policial o servicio de emergencia. En cambio a las personas con las que se comunicó, les manifestó su intención de ocultarse”.
Agregó a todo ello “el desprecio por la vida humana. Conducía sin el seguro obligatorio; seguro que contrató al día siguiente del hecho simulando que la camioneta no estaba secuestrada”.
Finalmente, se refirió a la extensión del daño causado que “ha quedado más que patente. Con la muerte de los hermanos y su abuela algo de sus familiares también murió. Sobrellevar estas perdidas será un arduo camino”.
“Sabemos que la perdida es irreparable y probablemente no existe un monto de pena que pueda apaciguar el dolor. Asimismo creemos que no hay elementos para reducir el máximo previsto”, destacó la Fiscal.
Seguidamente el abogado querellante adhirió a la pena, dijo que estaban ante “un caso excepcional que merece que se le imponga a la acusada la pena más alta de las permitidas”. Dijo que la mujer “completó todos los casilleros de agravantes posibles: alcoholemia, maniobras no permitida en lugar de sobrepaso en curva, tres victimas fatales, darse a la fuga y no socorrerlas victimas”. Se extendió en relación a la culpa temeraria.
Dijo que la mujer “nunca reconoció su problemática de consumo abusivo de alcohol”, que “tenía recursos patrimoniales que le permitían entender lo que estaba pasando pero, por el contrario, el día posterior fue más importante reclamar el dinero que ver qué pasaba con las vidas”.
Sostuvo además que el “arrepentimiento llegó tardísimo” y que el mismo “nunca se vio reflejado en las acciones concretas. No quiso enmendar nada, desde el día siguiente al hecho buscó dinero, no saber qué pasaba, no se acercó nunca, no intentó acercarse; no sabia ni los nombres de las victimas”, expresó el abogado. Agregó además que la mujer “solo buscó victimizarse a si misma”.
“Su necesidad de tratamiento y resocialización es larga, por eso seguimos sosteniendo que requerimos el máximo de la pena posible”, finalizó.
El abogado defensor, en tanto, sí entendió a la acusada como una víctima, dijo que el hecho fue un accidente y puso en duda las pruebas de alcoholemia realizadas. Agregó que “la reacción responde a su historia personal signada por la violencia de género” y a su estado de salud.
Por ello requirió “una pena justa, proporcional y humanitaria que sea de ejecución condicional con reglas de conducta”. De ser efectiva le solicitó al Tribunal que el cumplimiento sea de modalidad domiciliaria y, en cuanto a la inhabilitación solicitó el mínimo legal”.
Finalmente el Tribunal compuesto por tres jueces de juicio dio por concluido el debate y anunció la sentencia que será notificada durante la próxima semana.