Nueva ley de farmacias en Río Negro: receta electrónica, telefarmacia y envíos controlados

Río Negro07/04/2026

FARMACIA

En un Acuerdo General de Ministros, el Poder Ejecutivo rionegrino remitió este martes a la Legislatura un proyecto de ley que busca transformar el ejercicio de la actividad farmacéutica en la provincia.

La iniciativa, que modifica la actual Ley G Nº 4.438, se sostiene sobre tres pilares fundamentales: la modernización tecnológica, la desregulación comercial y la optimización de los recursos profesionales.

Receta electrónica, telefarmacia y envíos controlados

Uno de los principales ejes del proyecto es la modernización del acceso a los medicamentos. Se establece la utilización obligatoria de la receta electrónica en todo el territorio provincial y se autoriza oficialmente la “telefarmacia”, permitiendo la atención y dispensación a distancia mediante tecnologías de la información, sin requerir la presencia física simultánea del farmacéutico y el paciente.

A su vez, se habilita el envío de medicamentos a domicilio, un servicio muy demandado pero que llega con estrictas regulaciones: los envíos no podrán realizarse a través de plataformas de aplicaciones externas o sistemas de cadetería ajenos. El servicio deberá ser propiedad exclusiva de la farmacia para salvaguardar la trazabilidad de los productos, recayendo la responsabilidad operativa y de control directamente sobre el Director Técnico del establecimiento.

Además, para facilitar el tratamiento de pacientes crónicos, se incorpora la “prescripción diferida”, autorizando recetas de hasta seis meses de duración a través de plataformas digitales.

Fin a las distancias limitantes y libre propiedad

En el terreno económico y comercial, el proyecto del Ejecutivo propone una profunda desregulación para fomentar la libre competencia. Se actualizará el régimen de propiedad, habilitando a cualquier persona física o jurídica a ser titular de una farmacia, con el único requisito ineludible de contar con la dirección técnica de un profesional farmacéutico matriculado.

De aprobarse la ley, se eliminarán definitivamente las históricas limitaciones de distancia y ubicación para la instalación y traslado de farmacias, permitiendo una distribución territorial libre.

En contrapartida, y para evitar el desamparo sanitario de los pueblos más chicos, el Estado provincial impulsará exenciones y otros incentivos económicos para promover la instalación de farmacias en localidades remotas que presenten déficit de este servicio.

Flexibilización profesional y el rol de Pro.Fa.R.Se.

Frente a la escasez de profesionales de la salud en algunas regiones, el proyecto incorpora una excepción a la regla de exclusividad del farmacéutico: en aquellas localidades que cuenten con un único profesional por razones demográficas, el Ministerio de Salud podrá autorizarlo a ser Director Técnico de más de un establecimiento.

Finalmente, el proyecto también modifica la Ley R N° 5183 para fortalecer a la Productora Farmacéutica Rionegrina Sociedad del Estado (Pro.Fa.R.Se.). El laboratorio estatal no solo tendrá la exclusividad en todas las contrataciones de provisión para el sector público provincial (siempre que acredite precios razonables), sino que además quedará facultado para vender y proveer sus productos regulados por ANMAT de manera directa a las farmacias privadas y droguerías mediante convenios directos.

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