


Compró una pileta para tratar su dolor lumbar, la instalaron mal y terminó destruída: condenan el incumplimiento del vendedor
Policiales y Judiciales03/12/2025




Un hombre decidió instalar una pileta en su casa por recomendación médica. La natación le permitiría aliviar los dolores de columna. Se contactó con un vendedor, quien le ofreció una piscina de fibra de vidrio de 9 metros por 3,60 metros. El hombre pagó la pileta al contado y en efectivo. El precio incluía también los trabajos de colocación e instalación.


Las tareas demoraron un mes y la piscina quedó instalada en el patio, pero aparecieron problemas. La estructura comenzó a hundirse. El hombre llamó al vendedor para informarle lo ocurrido, y este envió a un albañil. El operario realizó once cortes con una amoladora. Desde entonces, la pileta no solo perdía agua, sino que también quedó destruida. A pesar de los reclamos, nunca fue reparada.
El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios iniciada por el hombre. Condenó al vendedor a indemnizarlo por el incumplimiento del contrato. El fallo también contempló los padecimientos que afectaron su salud.
Durante el trámite, el vendedor argumentó que había propuesto alternativas de reparación, pero que fue el hombre quien impidió finalizar los trabajos. También negó toda responsabilidad por el estado defectuoso de la piscina.
La prueba pericial, realizada por un arquitecto, concluyó que la pileta presentaba daños graves: hundimientos, fisuras, deformaciones y fallas en el asentamiento. Determinó que hubo una mala preparación del terreno y ausencia de compactación. Recomendó retirar la pileta y realizar una nueva instalación en condiciones adecuadas.
Una pericia médica confirmó las patologías en la columna. El informe respaldó la indicación de practicar natación para morigerar el dolor y mejorar su calidad de vida.
La sentencia aplicó normas del Código Civil y Comercial de la Nación sobre contratos de obra y servicios, buena fe contractual y responsabilidad por incumplimiento esencial. La jueza consideró acreditado que existió un contrato más amplio que una simple compraventa y que el comerciante incumplió con sus obligaciones.





































