Como su papá está preso, autorizan a una niña a hacer un viaje internacional solo con su mamá

Policiales y Judiciales 29/02/2024
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El fuero de Familia de Cipolletti autorizó a una niña a viajar a Paraguay con su madre, ante la situación de su padre, quien cumple una condena de 12 años de prisión. La normativa prevé que cuando uno de los progenitores se encuentra privado de la libertad por una condena penal firme, se suspende la responsabilidad parental.

El Poder Judicial resolvió permitir que una niña viaje a Paraguay en compañía de su madre, sin necesidad del consentimiento de su padre, quien está actualmente en prisión. El caso se resolvió en el contexto de una solicitud presentada por la madre de la persona menor, fundamentada en el deseo de viajar al extranjero. Sin el permiso de ambos progenitores le resultaba imposible salir del país.

La madre, con el patrocinio de la defensa pública, solicitó la autorización judicial para que su hija pueda viajar con ella a Paraguay hasta que alcance la mayoría de edad. Esta petición se fundamentó en la situación del padre de la niña, quien se encuentra cumpliendo una condena penal de 12 años. En consecuencia se encuentra con la responsabilidad parental suspendida. La defensora de menores consintió la petición de la progenitora.

La decisión judicial se basó en el interés superior del niño, principio que prioriza el bienestar y los derechos de los menores de edad por encima de otros intereses, garantizando su derecho al esparcimiento, al juego y a participar en la vida cultural y artística.
El fallo destacó que, con el permiso judicial, la niña va a poder disfrutar de tiempo de ocio y recreación familiar en el extranjero, siempre y cuando no implique una radicación definitiva fuera del país.

¿Qué establece la normativa para casos de padres presos?

La suspensión de la responsabilidad parental en casos de progenitores condenados a prisión es una de las sanciones accesorias previstas por el artículo 12 del Código Penal, conforme el cual la reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena, la que podrá durar hasta tres años más, si así lo resuelve el tribunal, de acuerdo con la índole del delito.

La suspensión, mientras dure la pena, implica la administración de los bienes y del derecho de disponer de ellos por cualquier contrato.

En estos casos lo que se aplica es la suspensión y no la privación de la responsabilidad parental, que sería la pérdida definitiva de los derechos y obligaciones respecto de hijos e hijas.

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