Formularon cargos a tres médicos por el homicidio culposo de una joven de 22 años en Viedma

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra tres profesionales de la salud (la justicia impide difundir sus nombres) por el delito de homicidio culposo en el marco de una investigación que lleva adelante a raíz de la muerte de Catalina Romeo, una joven de 22 años, producida mientras se encontraba internada en un centro privado de salud de Viedma. 

La Fiscalía atribuyó el fallecimiento a la omisión de implementar en tiempo oportuno el tratamiento indicado ante la sospecha de Púrpura Trombótica Trombocitopénica (PTT). 

La Fiscalía explicó que uno de los imputados se desempeñaba como profesional de la guardia a donde ingresó la joven el 15 de diciembre de 2024 en horas de la mañana y donde quedó bajo la asistencia y cuidado del equipo médico compuestos también por los otros dos imputados que cumplían funciones de coordinación en la Unidad de Terapia Intensiva de la institución. 

Según la fiscal Paula de Luque, el 18 de diciembre se obtuvieron resultados que indicaban anemia hemolítica microangiopática (MAHA) y confirmaban la sospecha de PTT. La Fiscalía sostuvo que desde ese momento el tratamiento indicado y de carácter urgente era la plasmaféresis. Agregó que la evidencia científica incorporada indica que ese procedimiento reduce la mortalidad de más del 90 por ciento a menos del 20 por ciento.

Señaló que las tres personas imputadas, desde sus diferentes funciones, conocían la sospecha diagnóstica, el tratamiento indicado y la posibilidad de realizarlo en la institución, pero omitieron implementarlo lo que incrementó el riesgo propio de la patología, La joven murió el 19 de diciembre de 2024 a causa de Púrpura Trombótica Trombocitopénica, tal como consigna el certificado de defunción.

Entre la evidencia que sostiene la acusación la fiscalía detalló que cuenta con la denuncia penal del padre de la víctima y su posterior ratificación; la historia clínica, estudios complementarios y una pericia elaborada por una junta médica del Cuerpo de Investigación Forense. Sumó la respuesta brindada por profesionales del establecimiento de salud, en la que informaron que la institución cuenta con la posibilidad de realizar plasmaféresis, y las declaraciones testimoniales de otros cinco médicos.

La Fiscalía destacó que el informe de la junta médica planteó interrogantes acerca de por qué no se realizó el procedimiento y señaló que aún falta obtener información. Indicó además que durante la jornada recibió una respuesta del centro de salud aportada por la defensa que será objeto de análisis, por ello solicitó cuatro meses para continuar investigando. La querella ejercida por Favio Igoldi adhirió al planteo fiscal.

El abogado de los tres imputados, Damián Torres se opuso a la formulación de cargos y cuestionó el hecho atribuido considerando que no alcanzaba los estándares requeridos para avanzar en esta instancia. Sostuvo que no se encontraba individualizado qué accionar o conducta correspondía a cada uno de los imputados ni qué norma habría infringido. También planteó deficiencias en la acusación respecto de la relación entre el supuesto incremento del riesgo y el resultado muerte. Repasó el hecho y las respuestas brindadas desde el centro de salud a la Fiscalía y sostuvo que la actuación de los profesionales no tuvo injerencia en el resultado, atribuyendo el fallecimiento a la enfermedad.

Finalmente, y luego de requerir diversas precisiones, el juez de garantías Guillermo González Sacco tuvo por formulados los cargos contra los tres imputados por homicidio culposo, conforme a los artículos 45 (autoría) y 84 del Código Penal, y estableció un plazo de investigación de cuatro meses. Finalmente a pedido de la defensa el magistrado dispuso la prohibición de difundor nombres e imágenes de los imputados para no perjudicar medidas que llevará adelante para avanzar en su teoría del caso.