La Justicia ordenó a la Provincia indemnizar a un guarda ambiental tras el cese de su contratación
La Cámara Laboral de Viedma hizo lugar a la demanda presentada por un hombre que se desempeñó como guarda ambiental en las áreas protegidas de Punta Bermeja y Pozo Salado y condenó a la provincia de Río Negro a pagar una indemnización por el cese de su vínculo laboral.
El trabajador sostuvo que prestó servicios para la Secretaría de Energía y Ambiente mediante contratos sucesivos, desempeñando tareas de protección y conservación ambiental, además de participar en rescates de fauna autóctona en La Lobería y Pozo Salado. En su presentación, afirmó que la utilización de distintas modalidades contractuales constituyó una forma de precarización laboral y que la relación finalizó por decisión unilateral de la administración, comunicada por correo electrónico.
Por su parte, la provincia rechazó la demanda al sostener que la contratación se ajustó al régimen legal vigente para la prestación de servicios específicos de guarda ambiental. También argumentó que no existió una relación de dependencia, ya que el trabajador emitía facturas, acreditaba el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y presentaba informes sobre las tareas realizadas.
Al analizar la causa, la Cámara Laboral valoró la documentación incorporada al expediente y los testimonios brindados durante el proceso. Los jueces consideraron acreditado que el demandante desarrolló funciones propias del personal permanente de la administración pública durante todo el período de contratación.
Los testimonios dieron cuenta de las tareas que realizaba en las áreas naturales protegidas, la modalidad de trabajo y el régimen al que estaba sujeto. Además, uno de los testigos indicó que otros guardas ambientales continuaban desempeñando las mismas funciones luego de la finalización del vínculo del demandante.
En su resolución, la Cámara concluyó que las tareas desarrolladas respondían a funciones permanentes de la administración provincial y no a necesidades excepcionales o transitorias. En consecuencia, hizo lugar en lo sustancial a la demanda y ordenó a la provincia de Río Negro indemnizar al trabajador por el cese de la relación laboral.