Milei habilitó por DNU la expulsión de extranjeros que inciten al odio contra la Argentina
El presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia que permite impedir el ingreso o disponer la expulsión de ciudadanos extranjeros que difundan mensajes de odio o inciten a la violencia contra la Argentina y sus habitantes por razones de nacionalidad.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. La norma modifica diferentes artículos de la Ley de Migraciones Nº 25.871 y comenzará a regir el viernes 31 de julio.
La disposición también comprende a los extranjeros que realicen, participen o inciten actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales.
“Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, expresó el Gobierno al comunicar la decisión, adoptada en medio de lo que definió como un aumento de los mensajes de hostilidad contra el país, su cultura y su identidad.
Qué conductas contempla el decreto
La norma establece como nueva causal para impedir el ingreso al territorio argentino haber dirigido mensajes de odio, de manera oral o escrita, o haber incitado a la violencia contra el pueblo argentino o alguno de sus ciudadanos debido a su nacionalidad.
La misma condición fue incorporada entre los motivos que permiten cancelar la residencia de una persona extranjera que ya se encuentre dentro del país.
Una vez dispuesta esa cancelación, Migraciones podrá intimar a la persona involucrada a abandonar la Argentina dentro de un plazo determinado o resolver directamente su expulsión, teniendo en cuenta las circunstancias del hecho y su situación personal.
El decreto también alcanza a quienes hayan participado en actos de ultraje contra los símbolos patrios o promovido la realización de esas acciones.
Las críticas políticas quedan excluidas
El texto aclara que estas nuevas causales no podrán aplicarse sobre expresiones de disenso ideológico ni sobre críticas políticas, académicas o ciudadanas que constituyan un ejercicio legítimo de los derechos garantizados por la Constitución.
El Poder Ejecutivo sostuvo que la regulación no pretende restringir la libertad de expresión, sino actuar frente a manifestaciones de odio o incitaciones a la violencia que afecten la convivencia social, la seguridad y los derechos de los ciudadanos argentinos.
Los argumentos del Gobierno
En los fundamentos de la medida, el Gobierno reconoció que la Argentina se caracterizó históricamente por su política de apertura y hospitalidad hacia los extranjeros.
No obstante, señaló que el Estado conserva la facultad soberana de fijar condiciones para la admisión, permanencia y expulsión de personas extranjeras cuando considere que pueden verse afectados el orden público, la seguridad interior o la cohesión social.
La Casa Rosada sostuvo que durante el último tiempo aumentaron las expresiones de “hostilidad y menosprecio” dirigidas contra los argentinos y afirmó que los símbolos patrios merecen la máxima protección jurídica.
El decreto deberá pasar por el Congreso
Por tratarse de un DNU, el decreto deberá ser analizado por la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que contará con diez días hábiles para emitir un dictamen sobre su validez o invalidez.
Posteriormente, la medida deberá ser tratada por ambas cámaras legislativas. Mientras se desarrolla ese procedimiento, las modificaciones entrarán en vigencia a partir del día siguiente a su publicación oficial. Decreto 681/2026 en el Boletín Oficial