07/11/2025

Por una apuesta entre familiares, la inscribieron con un nombre que no eligieron: décadas después, el Poder Judicial autorizó el cambio

registro civil

Nació en una ciudad del Alto Valle a principios de los años sesenta, la octava hija de una familia numerosa. Sus padres ya habían decidido cómo llamarla, pero el día de la inscripción, algo cambió. Solo el padre fue al Registro Civil. En la puerta, un primo lo saludó con entusiasmo y lanzó una broma: lo desafió a inscribirla con un nombre inusual, elegido al azar. El padre aceptó la apuesta y cumplió.

Ese gesto improvisado definió una parte central de su vida. Según relató en su presentación judicial, desde la infancia soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia dejó la escuela secundaria para evitar escucharlo en público. A los 16 años quiso cambiarlo, pero no pudo hacerlo sin la firma de sus padres.

Durante décadas, evitó cualquier trámite que implicara mostrar su nombre legal. No tramitó pasaporte. No tuvo tarjetas de crédito. No accedió a determinados centros médicos porque su nombre aparecía en pantallas visibles. En su casamiento, el sacerdote lo pronunció varias veces, lo que convirtió ese momento en una experiencia dolorosa.

Contó que la mayoría de las personas la conocían como “A.”. Participó durante años en actividades vinculadas a la danza, aunque nunca se inscribió en una competencia por temor a ser nombrada en voz alta. Tampoco completó gestiones de la jubilación como ama de casa, por el rechazo que le generaba usar su nombre de nacimiento.

En agosto de 2025, inició una acción judicial en Cipolletti para pedir que eliminaran los prenombres inscriptos por su padre y que, en su lugar, se reconociera el nombre que había usado durante toda su vida adulta. Acompañó la presentación con pruebas: capturas de pantalla de redes sociales, certificados de participación en eventos y testimonios sobre cómo la nombraban en su entorno.

Un equipo técnico interdisciplinario evaluó su solicitud. En el informe, una profesional señaló que la mujer expresaba un deseo sostenido de cambio, que asociaba sus prenombres con vergüenza y humillación, y que la modificación representaría para ella una forma simbólica de reparación. También indicó que el nombre elegido coincidía con la manera en que se presentaba ante los demás.

El Ministerio Público Fiscal no formuló objeciones. El Registro Civil tampoco encontró impedimentos. Ambos coincidieron en que había razones suficientes para permitir la modificación.

El Código Civil y Comercial establece que el nombre de una persona puede modificarse si existen “justos motivos”. Entre ellos se encuentran la afectación de la personalidad y el uso habitual de otro nombre. El tribunal consideró que se daban ambas circunstancias.

La Unidad Procesal del fuero de Familia de Cipolletti ordenó entonces eliminar los prenombres inscriptos al nacer y reemplazarlos por el nombre con el que la mujer construyó su identidad. Dispuso también la rectificación de su partida de nacimiento y la notificación a los organismos pertinentes.

La sentencia se dictó en noviembre de 2025. Solo pasaron tres meses desde que presentó el pedido. Después de sesenta años de vivir con un nombre impuesto por una apuesta, el Poder Judicial reconoció su derecho a llamarse como siempre quiso.