Viedma: la Corte confirmó la prisión perpetua para Thola Duran por el femicidio de Silvia Vázquez Colque

Marcos Thola silvia vazquez colque juicio - (foto archivo)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación denegó un recurso de Marcos Thola Duran y en consecuencia quedó firme la sentencia a prisión perpetua por el femicidio de Silvia Vázquez Colque. El caso había sido resuelto en el mismo sentido en varias instancias en el Poder Judicial rionegrino, incluido el Superior Tribunal.

La principal complejidad jurídica que presentaba el caso es que el cuerpo de la víctima nunca fue hallado. La Corte explicó que “el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”.

El hecho por el que fue condenado y ratificado en varias instancias ocurrió “entre las 22 del 4 de junio de 2017 y las 9 del 5 de junio de 2017, en un sitio no determinado con exactitud pero ubicable en la ciudad de Viedma, cuando Thola Duran dio muerte a su ex pareja Silvia Vasquez Colque, ocultando luego el cuerpo de la víctima para que ésta no fuera encontrada”.

En la sentencia de primera instancia se afirmó que “resulta contrario a toda lógica que Silvia hubiera optado voluntariamente por concretar su alejamiento cuando se encontraba temporariamente su madre de visita en la ciudad en la que residía Silvia y su grupo familiar”.

Con respecto a la ausencia del cuerpo de la víctima, el Tribunal explicó: “lógicamente el no hallazgo del cuerpo de la víctima impide la realización de medidas probatorias y, consecuentemente, la obtención de datos contundentes, precisos, concretos sobre el lugar en que permaneció oculto todo este tiempo, las causa o forma en que se concretó la muerte, entre otros extremos. Quizás haya incidido en dicho resultado el tiempo que transcurrió entre la fecha de desaparición de Silvia y la fecha en que se concreta la denuncia de desaparición. Tiempo suficiente para hacer desaparecer el cuerpo de la víctima y los rastros del injusto”.

El Tribunal de juicio argumentó que “se ha tenido presente no solamente la atrocidad, lo inhumano y cruel que resulta la conducta por la que se condena a Thola. Además de los motivos que lo llevaron a desarrollar tal conducta, los vínculos personales existentes entre sujeto activo y sujeto pasivo. Pero más y principalmente, la cantidad de víctimas que ha generado. El inconmensurable daño que provoca, aún en quienes más debe proteger. En este punto, Thola debería entender -principalmente- el daño que les ha provocado y les sigue provocando a sus hijos. Mucho más que la presencia física de su madre. Ellos han quedado convencidos que fueron abandonados por ella. Además, ellos y el resto de las personas que han amado a Silvia se han visto privados de concluir con el duelo: les falta el cuerpo”.