Adolescente seguirá al cuidado de sus abuelos: su papá murió y no tiene contacto con la mamá
Un adolescente consiguió mantener la convivencia con sus abuelos paternos, después del fallecimiento de su progenitor. Todos compartían la misma vivienda, aunque la muerte le produjo incertidumbre respecto de su futuro. El caso se judicializó pero la mamá, que vive en otra localidad, no se presentó en el expediente.
La defensora de Menores asumió la representación complementaria del joven, de Cipolletti, que todavía es menor de edad. Después de entrevistarlo y de conocer sus intereses y necesidades solicitó la designación del abuelo y de la abuela paterna como tutores del adolescente.
Invocó el interés superior del niño y el hecho de que el menor de edad estuvo al cuidado de su padre y de sus abuelos desde que era un bebé. La mamá reside en otra localidad y no se presentó al juicio: en consecuencia no se conoce qué postura tiene respecto de su hijo.
El abuelo y la abuela contaron con el patrocinio de la defensa pública. Sostuvieron que siempre se ocuparon de las necesidades emocionales y materiales de su nieto, puesto que la madre había delegado el cuidado.
El informe social concluyó que los abuelos son los referentes adultos quienes se encargan de las tareas de cuidado en torno a la crianza, garantizándole a la persona menor las condiciones materiales de vida necesarias para un desarrollo saludable (vivienda, alimentación y vestimenta).
Con todas las pruebas aportadas, el fallo del fuero de Familia de Cipolletti le otorgó la tutela a los abuelos. El instituto, previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, está destinado a brindar protección a la persona y bienes de un niño, niña o adolescente que no ha alcanzado la plenitud de su capacidad civil cuando no haya persona que ejerza la responsabilidad parental.
En la misma sentencia también se dictó la privación del ejercicio de la responsabilidad parental de la madre, por su falta de contacto permanente con el adolescente.