
Los legisladores rionegrinos Carina Pita (FG-FpV) y Marcelo Mango (FG-FpV), presentamos en la Legislatura del Pueblo de Río Negro, un nuevo proyecto de resolución para "convocar de manera urgente a Sesión Legislativa para el tratamiento como único tema del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/2017, según lo establece el Artículo 101 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia de Río Negro".
La Ley F Nº 4819, Ley Orgánica de Educación de la Provincia de Río Negro, fue sancionada por unanimidad el 20 de diciembre de 2012, luego de un año de debate en el que la sociedad, legisladores, escuelas, madres y padres, estudiantes, docentes, organizaciones sindicales, participaron activamente. Cabe recordar que la convocatoria a la revisación integral de la Ley F Nº 2444 fue realizada a través de la Ley Nº 4737 sancionada en diciembre de 2011 y se "...declaró abierto el proceso de debate 1º de marzo de 2012..." (Art. 11).
Fruto del consenso del debate, la citada Ley consagra claramente que la educación es un derecho social y un bien público, determina que el Estado provincial en concurrencia con el Estado nacional es el principal responsable de garantizar su ejercicio y asegura la participación de la sociedad, estudiantes, madres, padres y docentes en los órganos de gobierno de la educación. Los tres aspectos señalados que dan sustento a los principios, fines, derechos y responsabilidades de la Ley 4819, rescatan también las mejores tradiciones de la educación democrática que habían sido establecidas en la Leyes de Educación 227/61y 2444/91".
Con la sanción de la Ley Nº 4819 en 2012, se consagraron derechos conculcados durante el neoliberalismo y cuya defensa fue parte de la resistencia de la comunidad educativa y los sindicatos docentes durante la década neoliberal, se le otorga estatus legal a los derechos logrados a partir de los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández (Ley 26.075 de Financiamiento Educativo, Ley de Educación Nacional 26.206 entre otras), a la vez que se actualiza la anterior ley incorporando nuevos paradigmas, prácticas pedagógica y modelos organizacionales educativos.
Las leyes educativas rionegrinas gozaron de un amplio consenso social y tenían entre sus objetivos centrales el de consolidar una escuela democrática. Si bien fueron desvirtuadas en algunos aspectos por los gobiernos provinciales no constitucionales, y en otros por los seguidores de las políticas neoliberales del "menemismo" todas las modificaciones efectuadas a lo largo de la historia a dichas Leyes Orgánicas de Educación (Ley Nº 227/1.961 y Nº 2444/1.991), y en especial las realizadas en democracia, fueron sancionadas mediante leyes. Los decretos estaban referidos exclusivamente a cuestiones reglamentarias.
Por primera vez en la historia de la provincia, el Poder Ejecutivo provincial propone modificar a través un Decreto de Necesidad y Urgencia, artículos de la Ley Orgánica de Educación actual, referidos a la organización institucional de las escuelas secundarias, de la educación de Jóvenes y adultos, que impactarán en la vida cotidiana de estas escuelas en particular y en el sistema educativo en general.
En una de las últimas sesiones legislativas del año pasado (2016), manifestamos nuestra preocupación ante la imposibilidad de poder discutir amplia y profundamente, proyectos del Poder Ejecutivo de sanción de leyes orgánicas, la de la Policía y la del Servicio Penitenciario Provincial, que se trataron en única vuelta y fueron aprobadas solo por el oficialismo. Durante el año 2.016 la mayoría de las leyes aprobadas corresponden a proyectos del Ejecutivo, lo que implica una creciente centralización en la construcción de las leyes y un desconocimiento del trabajo legislativo.
Por eso, en esa oportunidad, insistimos en la necesidad de que la Legislatura trabaje junto a la ciudadanía, a las organizaciones intermedias y a las organizaciones sociales y sindicales. En definitiva, plateamos la necesidad de construir leyes, sobre todo las leyes orgánicas, con la mayor participación social y el debate de las comisiones, respetando los tiempos necesarios para alcanzar síntesis superadoras, los mayores consensos, que se expresen en leyes fundamentales para el funcionamiento del Estado rionegrino.
Fue en esa misma sesión que manifestamos nuestro acuerdo y beneplácito cuando el bloque del partido de gobierno retiró del temario el proyecto de modificación de la Ley 4819, con el propósito de construir acuerdos, dada la transcendencia de la ley a modificar. Sin embargo nos encontramos en el presente, con una situación de conflictos que parece profundizarse tanto a nivel nacional como provincial. La falta de acuerdo con el sindicato docente respecto de la implementación de la Escuela Secundaria de Río Negro luego de transcurrida buena parte del presente mes, agrega más preocupación y desazón a gran parte de la comunidad educativa; sin encontrar por parte del Poder Ejecutivo la misma preocupación por resolver el conflicto.
A ello, se suma el contexto general de crisis social, pérdida de poder adquisitivo y puestos de trabajo, la denominada "restricción de gastos" ordenada según el Decreto Nº 58/2017 que representa un ajuste a los servicios y derechos sociales y a los trabajadores, y la crisis financiera en que se encuentra la provincia que la tornan con decrecientes márgenes de soberanía y autonomía.
El DNU por el cual se modifican Artículos de la Ley 4819, desconoce las Atribuciones de la Legislatura establecidas en el Capítulo IV, Artículo 139, de la Constitución Provincial. Dicho Artículo determina en su inciso 13 que es una atribución y un deber de la Legislatura "sancionar la ley general de educación, de funciones y atribuciones del Consejo Provincial de Educación". Además el Gobernador fundamenta el decreto en cuestión, amparándose en las facultades que le confiere la Constitución Provincial en el Artículo 181 las cuales resultan inaplicables en este caso pues no se dan las condiciones exigidas en el punto 6 del Artículo 181. No corresponde argumentar "necesidad y urgencia" para modificar la Ley Orgánica de Educación, ya que en ella se establecen los principios, derechos y objetivos del proyecto educativo que la sociedad ha consensuado para el largo plazo.
Este Decreto del Ejecutivo que va contra la Constitución Provincial, que es atentatorio de la división de poderes y que desconoce el trabajo de la Legislatura, armoniza con las medidas autoritarias adoptadas por el presidente Mauricio Macri, que apela sistemáticamente a este tipo de decretos para violentar las leyes o para vetarlas.
En la práctica, la puesta en marcha de la Escuela Secundaria de Río Negro, que se inicia con un decreto inconstitucional, alcanza su faz más autoritaria cuando uno de los Vocales Gubernamentales del Consejo Provincial de Educación tomó por el cuello a un dirigente sindical, o cuando se convoca a una "Asamblea Soberana" de forma virtual por internet.
En función de lo expresado el DNU Nº 1/2017 que modifica Artículos de la Ley F Nº 4819 Orgánica de Educación de la Provincia de Río Negro, debe ser rechazado por la Legislatura, ya que es violatorio de las facultades y deberes que les son propias e imposibilita la participación democrática de la sociedad.
Proponemos entonces el fortalecimiento del debate democrático y participativo, consultando a la sociedad, rionegrina desde el ámbito de la Legislatura.