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# Legisladores piden informes sobre la participación de INVAP en la construcción de reactor nuclear anunciado por el gobierno de Milei

![WhatsApp Image 2026-07-09 at 12.50.29 PM](/download/multimedia.miniatura.adaeda5a276e2f8c.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

Los legisladores de los bloques peronistas elevaron un pedido de informes al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Modernización y la empresa INVAP S.A.U., para que brinde detalles sobre la participación de la compañía rionegrina en el desarrollo del reactor nuclear ACR-300, la constitución de Meitner Energy y los acuerdos celebrados con empresas privadas vinculados al proyecto que anunció el gobierno de Javier Milei.

La iniciativa, impulsada por Leandro García, lleva las firmas de sus pares del bloque (Partido-Justicialista-Nuevo Encuentro) Alejandra Más, Daniel Belloso y Luis Ivancich, y los integrantes de la bancada Vamos con Todos, José Luis Berros, Magdalena Odarda, Ayelén Spósito, Fabián Pilquinao y Luciano Delgado Sempé.

El objeto del pedido de informes es conocer los alcances institucionales, societarios, tecnológicos y patrimoniales de los acuerdos celebrados por INVAP S.A.U., empresa cuyo capital accionario pertenece íntegramente a la Provincia de Río Negro, en relación con el desarrollo del reactor nuclear ACR-300, la constitución de Meitner Energy y los vínculos societarios y contractuales establecidos con empresas privadas para el desarrollo y eventual explotación comercial de dicha tecnología.

Asimismo, procura verificar las medidas adoptadas para resguardar la propiedad intelectual, los activos tecnológicos, los recursos humanos altamente especializados y los intereses estratégicos de la Provincia de Río Negro.

En consecuencia, los legisladores solicitaron:

-Se informe cuál es la participación accionaria actual de INVAP S.A.U., directa o indirectamente, en la empresa Meitner Energy y sus empresas, sociedades o uniones empresariales vinculadas.

-Indique la relación societaria existente entre INVAP S.A.U. y Black River Technology, remitiendo el contrato, convenio o instrumento jurídico existente.

-Remita copia de los convenios, contratos, acuerdos de licencia, transferencia tecnológica, cesión de derechos, confidencialidad o cualquier otro instrumento jurídico suscripto entre INVAP, Black River Technology, Meitner Energy o el Ansari Group relacionados con el desarrollo del reactor ACR-300.

-Indique quién es actualmente el titular de la propiedad intelectual del ACR-300 y detalle los derechos patrimoniales y comerciales que conserva INVAP S.A.U.

-Informe si INVAP S.A.U. mantiene la plena capacidad jurídica en el orden nacional e internacional para fabricar, comercializar, exportar y desarrollar futuras versiones del reactor sin autorización de terceros.

-Precise qué regalías, cánones, dividendos, licencias o beneficios económicos percibirá INVAP S.A.U. por la eventual explotación comercial nacional e internacional del reactor modular ACR-300.

-Informe si se realizó alguna valuación económica independiente del activo tecnológico representado por el diseño del reactor y adjunte copia de dicha evaluación.

-Indique qué mecanismos existen para impedir la transferencia no autorizada de conocimientos estratégicos desarrollados por INVAP.

-Informe si el Directorio de INVAP S.A.U. realizó dictámenes técnicos, jurídicos o económicos respecto de la conveniencia estratégica de la constitución de Meitner Energy y adjunte copia de los mismos.

-Indique si la Provincia de Río Negro intervino o prestó conformidad para la suscripción de los acuerdos vinculados al ACR-300, remitiendo en su caso opiniones, dictámenes técnicos y/o jurídicos existentes.

-Informe cuántos profesionales de INVAP S.A.U. se encuentran actualmente afectados al proyecto ACR-300 y bajo qué modalidad contractual desarrollan sus tareas.

-Indique si existe transferencia permanente o temporal de investigadores, ingenieros o especialistas desde INVAP S.A.U. hacia Meitner Energy, precisando cantidad de personal, perfiles profesionales y condiciones laborales.

-Informe qué políticas implementa INVAP S.A.U. para evitar la pérdida de capacidades científicas y tecnológicas estratégicas desarrolladas con recursos públicos.

-Indique si se establecieron limitaciones para impedir la transferencia irreversible de conocimientos estratégicos desarrollados por INVAP S.A.U.

-Informe si existen cláusulas de reversión de los derechos de propiedad intelectual.

-Informe si existen cláusulas que permitan recuperar los activos tecnológicos ante incumplimientos de la contraparte.

-Informe cuál será el rol futuro de INVAP S.A.U. en el diseño, ingeniería, fabricación, integración y comercialización internacional del reactor ACR-300.

-Informe si se han realizado estudios de impacto económico, tecnológico o estratégico respecto de las consecuencias que tendría para la Provincia una eventual pérdida del control sobre la propiedad intelectual, el desarrollo tecnológico o los recursos humanos especializados vinculados al proyecto ACR-300.

-Informe si existen mecanismos que aseguren que los beneficios económicos derivados de la explotación internacional del reactor redundarán en nuevas inversiones para INVAP S.A.U. y el fortalecimiento del sistema científico-tecnológico provincial.

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