


El hombre le cortó el pelo y el niño lo convirtió en familia: otorgan la adopción por integración
Policiales y Judiciales14/11/2025




El hombre abrió las puertas de su salón. Entró un cliente muy particular: un niño que se convertiría en el protagonista de sus días. El peluquero y el chico construyeron un vínculo que pronto se transformó en una relación familiar. La madre del niño y el estilista se enamoraron y formalizaron la pareja con el matrimonio. Un día, ese pequeño cliente le preguntó si podía llamarlo “papá”.


El hombre del Alto Valle inició los trámites ante el Poder Judicial para adoptar al niño mediante la figura de adopción plena por integración. Buscó formalizar una situación que en la práctica ya existía: en su trabajo y en su entorno social lo presentaba como su hijo.
Cuando la familia ya estaba consolidada, el padre biológico del niño falleció. La madre le comunicó la noticia, y el hombre lo acompañó desde ese primer momento. Hoy de dedica a su cuidado y su bienestar.
Un fallo de familia de la Segunda Circunscripción Judicial concedió la adopción plena por integración, reconociendo legalmente al hombre como padre. La sentencia también ordenó modificar el apellido del niño, con respeto a su derecho a conocer su origen biológico.
La madre brindó su consentimiento pleno. En el proceso participaron la Defensoría de Menores y el Equipo Técnico Interdisciplinario. Se realizaron audiencias conforme a lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño y la legislación nacional. Se garantizó el derecho del niño a expresar su opinión.
Se incorporaron pruebas documentales, como el acta de matrimonio de los adultos y un informe psicológico. Este último permitió constatar la solidez del vínculo y la capacidad del adoptante para ejercer la función parental. También se señaló que el niño expresó su deseo de ser adoptado de forma clara y firme.
La jueza valoró el interés superior del niño, principio rector en los procesos que lo involucran. Consideró que la adopción plena por integración consolidaría un lazo afectivo ya existente, otorgaría coherencia jurídica a la realidad familiar y fortalecería su identidad.
Se verificó que el adoptante no posee antecedentes penales y que cumple con los requisitos legales establecidos en el Código Civil y Comercial de la Nación. La jueza concluyó que la solicitud responde al bienestar del niño, a su derecho a la identidad y a vivir en familia.



































